La Asociación de Apartamentos Turísticos de Málaga y la Costa del Sol (Atumarcos), a través de su secretario, Jorge Lamothe, ha presentado un recurso administrativo ante el Ayuntamiento de Málaga contra la instrucción del pasado mes de junio en la que exige a estos alojamientos que cuenten con una entrada independiente en el edificio en el que estén ubicadas. El recurso de Atumarcos alega que, a su juicio, esta instrucción «no es una norma de obligado cumplimiento para los ciudadanos, sino que se trata de una circular interna sin capacidad normativa». La asociación representa a unas 300 viviendas turísticas en la provincia, la mayoría de ellas en la capital.
«El uso de hospedaje definido por el PGOU requiere que el acceso de los clientes del establecimiento sea distinto del de los vecinos del bloque, y también se exige unas instalaciones generales, totalmente independiente del resto del edificio, agua, luz, tf, etc, pretendiendo la instrucción recurrida que las viviendas de uso turístico cumplan estos requisitos, sin estar prevista tal determinación en la normativa del Plan General», señala Atumarcos.
Esta asociación afirma que «el empeño del Ayuntamiento en ignorar el carácter de vivienda de las viviendas de uso turístico (VUT) destacando el uso de hospedaje sobre el de vivienda, no es más que una clara voluntad de suprimir este servicio en la ciudad de Málaga, lo cual, tampoco es competencia municipal».
Temor a una prohibiciónAtumarcos sostiene que la habilitación legal del nuevo decreto andaluz de viviendas turísticas para los Ayuntamientos viene referida a la capacidad, «por razón imperiosa de interés general» de establecer limitaciones en lo que respecta al número máximo de viviendas de uso turístico por edificio, sector, ámbito, periodos, área o zona.
Para esta asociación, sin embargo, «pretender aplicar la limitación del apartado 2 del artículo 6.4.2 de la normativa del PGOU a las VUT es simplemente prohibirlas todas, no sólo por la inviabilidad de tener viviendas con acceso independiente del resto del edificio, sino por la obligación de red separada de servicios de abastecimiento de agua, electricidad, tf, etc., lo cual excede del mandato habilitante que el decreto otorga a los ayuntamientos».
Candados de pisos turísticos. / Álex Zea
«El Decreto 31/2024 habilita a los Ayuntamientos para estudiar las concentraciones de este tipo de viviendas en la ciudad regulando su uso en función de las necesidades de los barrios y de los perjuicios que se puedan estar produciendo, pero suprimirlas de golpe, todas, absolutamente todas, mientras se hacen los estudios adecuados para conocer las necesidades de este tipo de servicios, resulta desproporcionado», argumenta Atumarcos.
La instrucción recurrida pretende, según la asociación, «una interpretación normativa contraria a la norma que pretende aplicar», por cuanto el Decreto 31/2024, aprobado por la Junta de Andalucía el pasado 29 de enero, lo que requiere para la declaración responsable es «que se manifieste que la vivienda cumpla con la normativa de ordenación urbanística municipal y punto». Atumarcos considera así una «invención» de la instrucción municipal recurrida la exigencia de que el propietario «declare expresamente que su vivienda es compatible con la normativa de uso hostelería, porque no es así».
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