Con la llegada del año 2025 han entrado en vigor numerosos cambios en las leyes y las instituciones, que, como es habitual, afectan a diferentes aspectos de la vida económica de los ciudadanos. Uno de los cambios más significativos está relacionado con la Declaración de la Renta 2025, que, aunque se realiza en 2025, computará los ingresos del año 2024.
De cara a este proceso es fundamental ajustar el IRPF y hacer una previsión de cómo será nuestro año en términos fiscales, antes de recibir la primera nómina o empezar a recibir los primeros ingresos que se verán reflejados en la declaración de la renta de 2026.
Antes de que llegue ese momento, Hacienda ha enviado un mensaje urgente a los contribuyentes para informarles de las modificaciones clave que entrarán en vigor a partir de este año. Estos cambios afectan a aspectos importantes como los plazos de la campaña de la renta, los requisitos para determinados colectivos y el tratamiento fiscal de los ingresos procedentes de situaciones como el desempleo o el cobro del Ingreso Mínimo Vital (IMV).
La campaña de la renta de 2025 comenzará el 2 de abril de 2025 y finalizará el 30 de junio de 2025. Este plazo ha sido ajustado para que los contribuyentes puedan realizar la declaración antes de las vacaciones de verano. En particular, se espera que muchos aprovechen las semanas previas a Semana Santa (del 13 al 20 de abril) para hacer los trámites. Aquellos que deseen realizar la declaración por teléfono podrán hacerlo entre el 6 de mayo y el 30 de junio. Los que prefieran hacerla de manera presencial tendrán un plazo de 28 días, desde el 2 de junio hasta el 30 de junio, pero deberán solicitar cita previa, como se viene haciendo en los últimos años.
Para quienes tengan que pagar, el plazo para realizar los pagos finalizará el 25 de junio de 2025. Este detalle es especialmente relevante para quienes opten por domiciliar el pago a su cuenta bancaria. Uno de los cambios más importantes es que, a diferencia de años anteriores, todos los desempleados tendrán que presentar la declaración de la renta, sin importar si superan o no el umbral de ingresos. Hasta ahora, los desempleados no estaban obligados a declarar si no superaban los 22.000 euros anuales, o 15.000 si tenían más de un pagador. A partir de este año, todos aquellos que perciban el paro deberán hacer la declaración.
Por otro lado, para aquellos contribuyentes que reciben ingresos de varios pagadores, el umbral para no declarar pasa de 1.500 a 2.500 euros. Este cambio amplía el margen para los trabajadores que tienen varios empleos, permitiéndoles una mayor flexibilidad a la hora de gestionar su renta.