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La Audiencia Nacional condena a Unicaja a pagar el incentivo de 2023 a los trabajadores que hayan cumplido sus objetivos

Escrito por Albert
15/10/2024
in Economía
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La Audiencia Nacional condena a Unicaja a pagar el incentivo de 2023 a los trabajadores que hayan cumplido sus objetivos

La Audiencia Nacional ha estimado la demanda interpuesta por CCOO, y a la que se habían adherido los sindicatos Cesica, UGT, CSI, CSIF y Suma-T, y condena a Unicaja a pagar el incentivo de 2023 a los trabajadores que hayan cumplido, en la proporción correspondiente, sus objetivos fijados. La sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico y fechada a 14 de octubre, establece que la decisión de Unicaja de no abonar estos incentivos no está «ajustada a derecho», puesto que, por un lado, los argumentos utilizados por el banco, basándose en la política general de retribución variable a la plantilla, no tratan sobre suprimir el incentivo, sino de «graduarlo» o «reducirlo»; por el otro, que para graduar este incentivo el banco tiene que usar su facultad de concretarlo a través de la política anual de incentivos.

El fallo dice concretamente que Unicaja «no puede escudarse en criterios que la política general prevé que gradúen o en su caso reduzcan el importe del incentivo para no abonar los mismos, máxime cuando ni siquiera ha precisado con anterioridad la incidencia de los mismos en el importe de la retribución».

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El conflicto surgió el pasado mes de abril, cuando Unicaja trasladó a la plantilla su decisión de no abonar la retribución variable de 2023 por no haberse conseguido los objetivos generales, ante lo cual los sindicatos solicitaron información, mantuvieron reuniones y realizaron movilizaciones ante la sede del banco para exigir el pago al 100% del incentivo. A principios de mayo se produjo una jornada de huelga convocada por el sindicato Suma-T y en junio hubo también una concentración convocada por sindicatos como Cesica.

En una reunión mantenida a finales de mayo, la dirección de la entidad realizó una exposición a la representación legal de los trabajadores para explicar su decisión, amparándose en no haber alcanzado el presupuesto establecido para 2023 y que incluya la autofinanciación –o beneficio–, así como en la existencia de una «restricción adicional» vinculada a un comportamiento negativo con entidades comparables, «desconociendo» los sindicatos cuáles son tales entidades», los parámetros a tener en cuenta o la diferencia de valor entre Unicaja y las comparables para determinar el comportamiento negativo.

El pasado 31 de mayo se celebró un intento de mediación ante el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), sin llegar a producirse un acuerdo, por lo que el conflicto se elevó a la Audiencia Nacional.

Argumentos de Unicaja recogidos en la sentenciaPor su parte, Unicaja ha defendido a través de sus letrados ante la Audiencia Nacional que, a pesar de en 2023 no remitió una circular de incentivos, existe una política general, vigente desde 2018, donde se establecen restricciones generales al incentivo en función del resultado presupuestado y de los resultados obtenidos, del resultado del año, de los años anteriores y de los resultados de las entidades comparables.

La entidad financiera reconoce que desde 2018 se han ido estableciendo restricciones particulares a través de circulares, que en 2023 no existe esa circular porque no establecieron restricciones particulares, pero que el resultado del año pasado es «peor» que el de 2022, es inferior al presupuestado e igualmente peor que el de las entidades comparables, que serían CaixaBank, Sabadell, Bankinter, Kuxtabank, Abanca e Ibercaja, y que media ganaron más de un 40% En 2023, Unicaja ganó 267 millones de euros, un 4% menos que en 2022, siendo la entidad -alega- que «peor se ha comportado» dentro del sector financiero en 2023.

Además, el banco ha esgrimido que en el acuerdo con sindicatos firmado en diciembre de 2023 se fijaron cuáles eran esas entidades comparables, anteriormente citadas.

Rechazo a los argumentos de UnicajaSin embargo, la Audiencia Nacional rechaza los argumentos de Unicaja, ya que, por un lado, la política general de incentivos no recoge los parámetros que el banco está utilizando para impedir o suprimir el cobro, sino, «en todo caso», para graduarlo o reducirlo.

De hecho, la sentencia afirma que sí existen ciertos parámetros para suprimir el incentivo, pero que no está utilizando el banco en este caso concreto, como son, por un lado, el no limitar al banco a reforzar la solidez de su base de capital, y por el otro, en que el pago está supeditado al cumplimiento de los requerimientos de capital y requisitos supervisores.

«De tal principio general lo único que cabe deducir que puede exonerar a la mercantil del pago del incentivo es que con el mismo no se colmen los requerimientos de capital o los requisitos supervisores, lo que en este caso no ha sido siquiera mencionado», señala la Sala de lo Social. Además, el tribunal considera que para que se pueda producir una graduación en el incentivo, Unicaja debería haberlo precisado en la política anual, algo que en 2023 no realizó.

Realiza, igualmente, tres consideraciones adicionales a la defensa de Unicaja. Por un lado, la Audiencia Nacional sostiene que el único criterio que justificaría la graduación del incentivo, y que ha quedado acreditado, sería el menor beneficio en 2023 frente a 2022, pero que por no haberse concretado en la política anual «carece de virtualidad alguna».

Por el otro, afirma que no se puede acreditar que el objetivo presupuestado para 2023 fuese el certificado por el secretario del consejo de administración, sin respaldo en acta alguna que, además, «se refiere a una fecha que no ha existido», es decir, el 29 de febrero de 2023.

Por último, reprocha que el informe pericial que ha aportado Unicaja como comparativa con otras entidades similares tiene en cuenta a Abanca, Kuxtabank, CaixaBank, Ibercaja, Cajamar, Bankinter, BBVA, Santander y Sabadell, en contraposición a las entidades comparables tenidas en cuenta en el acuerdo de finales de 2023 (CaixaBank, Sabadell, Bankinter, Kutxabank, Abanca e Ibercaja).

Contra la sentencia de la Audiencia Nacional cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo por parte de Unicaja, que puede presentarse en un plazo de cinco días hábiles desde la notificación de la decisión del tribunal. La entidad, consultada por este periódico, no ha realizado ningún comentario.

CCOO habla de «varapalo judicial»»CCOO lamenta que haya tenido que ser la Audiencia la que reconozca la justicia del pago de la totalidad de los incentivos, algo que no había sucedido nunca en Unicaja hasta el pasado año, y considera que debiera haber sido la propia Unicaja la que reconociera la justicia de la demanda evitando ir a juicio», ha comentado este sindicato.

«Confiamos en que este varapalo judicial le sirva a Unicaja para recapacitar y reabrir caminos a la negociación de los muchos temas que tenemos aún pendientes», ha añadido CCOO, que cita el ajuste del MDO (también judicializado), la puesta en marcha de acciones que mejoren el clima laboral, la organización de un plan de carreras profesionales justo y motivador, las aportaciones pendientes al Plan de Pensiones de Liberbank, la culminación de un Plan de Igualdad o la unificación de los Planes de Pensiones, entre otros. Estos temas, a juicio, de CCOO «siguen enconando las relaciones laborales, enrareciendo el clima laboral y desmotivando a la plantilla».

UGT también solicita a Unicaja que cumpla la sentencia y no la recurra ante el Supremo. «La plantilla se merece un trato justo, como lo es la sentencia», afirma. 

Cesica pide al banco que no recurraPor su parte, el sindicato Cesica ha pedido este mismo martes a Unicaja que no recurra la sentencia y que abone los importes correspondientes para «no enturbiar las relaciones laborales». Además, ha resaltado la importancia de uno de los argumentos utilizados por la Audiencia Nacional para analizar el conflicto que se recogen en el Código Civil y que especifica que la interpretación de las cláusulas oscuras de un contrato «no deberá favorecer a la parte que hubiese ocasionado la oscuridad».

«En nuestro caso implica que las dudas interpretativas por falta de claridad de la regulación deben ser interpretadas en favor del colectivo de trabajadores, que ninguna participación tuvo en la regulación de la política de incentivos de la empresa», afirma la Audiencia Nacional.

De esta forma, Cesica hace un llamamiento a Unicaja para que «cuide» a su plantilla y recurda las demandas por las que se manifestó a mediados de junio: el cobro del 100% del incentivo de 2023, el traslado de las mejoras de convenio de antiguas cajas de ahorro a Unicaja, como la no compensación ni absorción de subidas salariales, así como la creación de un sistema «transparente» de incentivos para 2024, o el desarrollo de un protocolo de clima laboral, entre otros.

Suma-T, por su parte, ha mostrado su deseo de que la emprsa no recurra para que «no siga poniendo obstáculos a la plantilla».

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