El sindicato CCOO de Málaga ha solicitado a la Junta de Andalucía que dé instrucciones «claras» a las empresas para «salvaguardar la seguridad» de los trabajadores ante la alerta decretada por la Dana. La central sindical ha recordado que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales «prevé la suspensión de la actividad laboral ante riesgos que puedan poner en peligro la salud e integridad física de los trabajadores y trabajadoras».
«La alerta roja activada en la provincia de Málaga para CCOO supone un claro riesgo para toda la ciudadanía que impide realizar las actividades normales, por ello el sindicato demanda a la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía que no se limite a informar de esta alerta, sino que comunique al empresariado malagueño su obligación de priorizar la salud de sus empleados, suspendiendo la actividad de sus empresas», ha manifestado CCOO.
El sindicato considera una «obligación legal» de los empresarios velar por la seguridad laboral en general y, expresamente, cuando se producen fenómenos meteorológicos muy adversos (olas de calor o Dana). «En esos casos se deben aplicar medidas preventivas, como teletrabajo, traslado de la producción a zonas alejadas del peligro, o en su caso, suspensión de la actividad», detalla.
CCOO señala que estas medidas, según la normativa, «se deben aplicar cuando las alertas de la AEMET sean de nivel naranja o rojo, tal y como está ocurriendo en toda la provincia de Málaga».
«Ya se han suspendido la asistencia a centros de enseñanza, residencias de atención a mayores, muchos centros de la administración, etc… por lo que con más motivo se deben extremar las precauciones en las empresas malagueñas, muchas de ellas están ubicadas en zonas inundables», considera el sindicato.
NormativaCCOO recuerda además que, según el artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, «no se debe acudir al trabajo si para ello se pone en grave riesgo e inminente la salud o la vida».
«La seguridad y salud laboral es un derecho de todos y, en el ejercicio de ese derecho, las personas trabajadoras estarán facultadas a no acudir al trabajo si ese desplazamiento puede constituir un claro riesgo su salud e integridad», concluye.